Se trata del per saltum que había presentado el abogado Andrés Gil Domínguez. Fue declarado inadmisible por los cuatro integrantes del Máximo Tribunal.
En las últimas horas, la Corte Suprema de Justicia rechazó otra presentación contra el megadecreto desregulador de la economía de Javier Milei. Es la segunda decisión que toma el Máximo Tribunal sobre el DNU 70/23 en la última semana.
En esta oportunidad, los cuatro jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan CarlosMaqueda y Ricardo Lorenzetti declararon inadmisible un per saltum presentado por el abogado Andrés Gil Domínguez contra el decreto desregulador. El argumento para el rechazo fue que no había “caso concreto”, “causa” o “controversia”.
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Gil Domínguez interpuso el recurso con la intención de que se ordene al Congreso de la Nación para que se aboquen al “expreso e inmediato tratamiento” del DNU 70/23 en un plazo máximo de 30 días. Allí debían optar los legisladores por su aprobación o rechazo en los términos de la ley 26.122.
Por ahora, el decreto está vigente y fue rechazado por el Senado. Para derogarlo debería ser rechazado también por Diputados, aunque aun no hay una sesión prevista.
Para la Corte Suprema, los argumentos de Domínguez resultaron “insuficientes” para tener configurado un caso. Por este motivo, aquella presentación fue declarada inadmisible.
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El reclamo llegó al Máximo Tribunal luego de ser rechazado en primer lugar por el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N°1, a cargo de Rodolfo Facio, que desestimó el planteo por ausencia de legitimación activa.
Es la segunda vez en una semana que la Corte se expide sobre este tema. El martes pasado se desestimaron dos presentaciones declarativas de inconstitucionalidad del mega decreto aplicado en diciembre del año pasado.
Días atrás, la Corte Suprema rechazó por unanimidad el planteo de la provincia de La Rioja y otro del abogado Jorge Rizzo contra el mega DNU Milei. En ambos casos entendió que no había caso, no analizó si el DNU era o no inconstitucional.
El mega decreto fue rechazado por el Senado el 14 de marzo pero aún no fue tratado en la Cámara de Diputados. Mientras no sea rechazado en las dos cámaras, todos sus efectos siguen vigentes, con excepción de aquellos que fueron frenados por una decisión judicial. Entre ellos se encuentran la reforma laboral, ley de tierras y el capítulo de la yerba mate, además de los reclamos puntuales por las prepagas.