En el marco del juicio por alimentos que de forma definitiva inició Fabiola Yañez contra Alberto Fernández, el ex presidente se opuso a que le retengan el 30% de su pensión de privilegio para la manutención de su hijo Francisco. Durante la mediación reclamó que el niño regrese al país y ofreció pagar por mes sólo el 20% de sus haberes. Ante el criterio del juez en lo Civil y Comercial, el ex mandatario lo recusó y recibió una dura respuesta.
En noviembre pasado, la Cámara Civil confirmó que el 30% de la pensión que Alberto Fernández percibe como ex presidente debe destinarse a la cobertura de los alimentos de Francisco hasta que se resuelva la demanda iniciada por Yáñez. Esos fondos revisten carácter de provisorios hasta tanto haya una sentencia por parte del magistrado.
Como contó Clarín, el 10 de marzo la ex primera dama resolvió -bajo el patrocinio de su abogada Mariana Gallego- el juicio definitivo por alimentos. El mismo sostiene el 30% de los ingresos percibidos por Fernández más otros pagos en especie: prepaga y escolaridad del niño.
Pero la cifra no fue del agrado del ex Jefe de Estado, quien en una audiencia de mediación dijo que estaba dispuesto a que le retengan el 20% de su pensión de privilegio. Hay que recordar que el porcentaje inicial ya fue apelado y fue la Cámara de Apelaciones la que confirmó que debía pasar en concepto de alimentos más de lo ofrecido por él mismo.
La discusión fue retomada por Alberto Fernández, quien en el marco del reclamo definitivo pidió que “la cuota se fije en el equivalente al 20% de los ingresos netos incluyendo en esa suma todos los conceptos reclamados. Esta proporción resulta justa, equitativa y razonable, en función de las verdaderas posibilidades económicas del alimentante”, indicó su abogada Silvina Carreira, quien lo defendió en la causa por violencia de género.
A través de la demanda definitiva de alimentos la exprimera dama exige una manutención mensual, más la cobertura de la prepaga, la escolaridad del niño, todo en Madrid donde obtuvo la residencia permanente junto a su hijo.
Sin embargo, el ex mandatario puso en discusión lo que se denomina el “centro de vida” de Francisco. Exigió la restitución del niño, es decir que regrese a la Argentina lo que significaría -en algún punto-, un abaratamiento del porcentaje de sus ingresos que reclama su ex pareja.
Ante el rechazo del planteo, el ex Presidente resolvió recusar al juez Raúl Montesano. El magistrado le explicó que el caso se concentra en el reclamo por los alimentos, no la discusión respecto a dónde se encuentra radicado el hijo que tuvo con Fabiola Yañez.
En una resolución, a la que accedió Clarín, el juez del caso vuelve a explicarle la situación a Fernández: “No se configura esta causal (por la recusación) ya que el suscripto no anticipó el resultado de las pretensiones pendientes, sino que se limitó a establecer” la decisión negativa que se la había dado ante su pretensión de que el juez ordene que el niño regrese al país.
Sobre ese punto, Montesano volvió a explicarle que ese planteo “excede el marco de las actuaciones y teniendo en cuenta el actual centro de vida del alimentado, aquél debía ocurrir por la vía y forma y ante la jurisdicción que corresponda”, es decir: debe reclamar en Madrid donde Francisco se encuentra con su madre, ambos con residencia permanente.
Con más argumentos, el magistrado le recordó al ex Presidente que fue él mismo quien dijo que el traslado a Madrid “fue consensuado entre ambas partes y de manera provisoria”. También Montesano señaló que en su anterior escrito la defensa de Fernández sostuvo: “mi parte se opone a que el centro de vida de su hijo Francisco siga siendo en la ciudad de Madrid, España».
El juez Civil y Comercial retomó ese último aspecto mencionado y dijo, “esto implica reconocer el hecho en cuestión, esto es que el centro de vida del niño se encuentra en extraña jurisdicción. El progenitor se opone a que «siga siendo en Madrid», pero admite entonces que su centro de vida actual está allí. Por lo tanto, el centro de vida no es un hecho controvertido ni litigioso -como se invoca en el escrito a despacho- sino que es un hecho reconocido por el recusante”.
Ahora será la Cámara de Apelaciones de dicho fuero la que dirima si avala el criterio del juez Montesano sobre que lo planteado por Alberto Fernández no guarda relación con el expediente y por tal motivo rechaza la recusación planteada, o no.
Cuando la abogada de la ex primera dama, Mariana Gallego, inició una mediación extrajudicial para llegar a un acuerdo respecto a los alimentos para Francisco, logró que la justicia embargue 3,8 millones de pesos de la pensión que recibe el ex presidente, que supera los 14 millones.
Sin embargo ese porcentaje revestía carácter de provisorio, porque después inició la etapa de mediación. En la misma no se llegó a ningún acuerdo y transcurrido el tiempo prudencial, la defensa inició el juicio definitivo por alimentos.
La negociación demandó más de cinco audiencias de mediación y las últimas fueron sólo de carácter técnico, con la intervención de las abogadas Gallego y Silvina Carreira, representante de Fernández. Sin arribar a ningún acuerdo, los reclamos manifestados por ambas partes quedaron en absoluta tensión.
Ahora Gallego busca una sentencia del juez a cargo del caso para que el 30% exigido quede firme.
Tal como contó Clarín, en el marco de esta demanda como elemento de prueba nuevo se incorporó la documentación de residencia permanente en España que obtuvo Fabiola Yáñez para ella y para su hijo. “De querer tener un régimen de visitas deberá el ex presidente, presentarse en Madrid y ante la justicia allí, solicitarlo”, señalaron fuentes de la causa a este diario.
Esto guarda relación con la discusión abierta por Alberto Fernández sobre el “centro de vida” del niño.