La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), habilita a jubilados y pensionados a designar un apoderado para que realice trámites o cobre los haberes en su nombre. Se trata de un mecanismo que busca garantizar el acceso a las prestaciones en casos donde el titular tiene dificultades de movilidad, vive en el exterior o prefiere delegar la gestión en un tercero de confianza.
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La medida responde a una necesidad concreta de los adultos mayores, ya que en muchos casos la imposibilidad de trasladarse o las distancias hacen complejo cumplir con las obligaciones que impone el sistema previsional. De esta manera, se brinda una alternativa legal y segura que asegura el cobro de los haberes y la continuidad de los trámites, incluso cuando la persona titular no puede hacerlo personalmente.
Quiénes pueden ser apoderados
El apoderado debe ser mayor de 18 años y puede acreditar diferentes vínculos con el titular. Entre las opciones habilitadas figuran:
Familiares directos: cónyuge, conviviente previsional, hijos, nietos, hermanos, padres, suegros, tíos o sobrinos.
Otros parientes: yernos, nueras, padrastros, madrastras, cuñados o hijastros.
Tutores o curadores designados judicialmente.
Abogados o procuradores con credencial vigente.
Representantes diplomáticos o consulares.
Entidades públicas o instituciones de asistencia social.
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En casos excepcionales, también pueden ser apoderados los directores de hospitales, sanatorios o asilos donde el jubilado o pensionado se encuentre internado.
Para quienes residen en el exterior, la normativa habilita a designar bancos con capacidad de realizar operaciones internacionales, como el Banco Nación, Banco Ciudad, Banco Patagonia, Credicoop, Banco Piano o Banco Comafi.
Documentación necesaria
El trámite requiere presentar documentación según el tipo de apoderado elegido:
Familiar: DNI y documentación que acredite el parentesco.
Conviviente previsional: acreditación de la relación en ANSES.
Banco: Carta Poder (PS 6.4) firmada y sellada por la entidad.
Tutor o medida judicial: sentencia original y copia con el nombramiento.
Curador o figura de apoyo: sentencia que autorice expresamente el cobro de haberes.
Abogado: credencial profesional vigente.
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Paso a paso para designar un apoderado
Reunir la documentación correspondiente.
Solicitar un turno en la web de ANSES, salvo en el caso de familiares directos, que pueden completar el trámite sin turno previo.
El día asignado, el titular y el apoderado deben presentarse en la oficina de ANSES más cercana con sus DNI y la documentación respaldatoria.
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