La Justicia Federal ordenó este sábado una restricción perimetral contra Marcelo Grandio, identificado como allegado al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, tras considerar acreditadas conductas de hostigamiento hacia una testigo clave. La medida busca proteger a Vanesa Elizabeth Tossi, empleada de la firma JAG Executive Aviation, quien declaró sobre los vuelos privados a Punta del Este utilizados por Adorni durante el feriado de Carnaval.
Una declaración interrumpida por llamadas
El fiscal federal Gerardo Pollicita solicitó la protección urgente luego de que, durante la propia audiencia testimonial del viernes, Tossi recibiera sucesivas comunicaciones de Grandio. Según la fiscalía, estos contactos, sumados al envío previo de una carta documento, tenían un carácter intimidatorio y buscaban condicionar su relato sobre los hechos investigados.
El magistrado Ariel Lijo hizo lugar al pedido y dispuso que Grandio debe abstenerse de contactar a la damnificada por cualquier medio, ya sea de forma directa o a través de terceros. Además, se le prohibió acercarse a su domicilio, lugar de trabajo y sitios de concurrencia habitual.
El pago y la factura no emitida
En su declaración, Tossi aportó datos sustanciales para la investigación. La empleada precisó que fue Marcelo Grandio quien efectuó el pago del traslado aéreo del jefe de Gabinete y su familia. Asimismo, afirmó que Grandio habría solicitado explícitamente que no se generara la factura correspondiente por dicho servicio.
Esta versión contradice las afirmaciones públicas de Manuel Adorni, quien en reiteradas oportunidades aseguró haber abonado personalmente los costos del viaje. La declaración de Tossi se alinea con el testimonio brindado días antes por el piloto Agustín Issin, quien también señaló a Grandio como responsable del pago y explicó que la factura se emitió con posterioridad, cuando el viaje se hizo público.
Investigaciones en paralelo
El fiscal Pollicita impulsó una investigación paralela para determinar la posible comisión de delitos de acción pública, como amenazas y coacciones. En su fundamentación, destacó que las acciones denunciadas no constituyen un mero malestar para la testigo, sino indicadores concretos de presión que atentan contra la integridad de una fuente de prueba fundamental.
Para justificar la medida de protección, el representante del Ministerio Público invocó el artículo 210 del Código Procesal Penal Federal, argumentando que la secuencia de contactos insistentes, incluso durante la audiencia, exhibía un riesgo real que debía ser mitigado de inmediato para preservar la libertad de declaración.
En el marco de la causa principal, el fiscal también requirió que se investigue el patrimonio de Manuel Adorni, por una presunta figura de enriquecimiento ilícito. El juez Lijo dispuso, además, que se extraigan testimonios de las actuaciones para investigar formalmente las presiones denunciadas contra la testigo.
