La Cámara de Senadores de Santa Fe sancionó una ley que modifica los plazos del juicio abreviado, impulsada por el Poder Ejecutivo y modificada por Diputados.
La Cámara de Senadores de la provincia de Santa Fe completó la sanción de una ley que modifica los plazos y otros aspectos del proceso de juicio abreviado. La iniciativa fue impulsada por el Poder Ejecutivo, encabezado por el gobernador Maximiliano Pullaro, y recibió modificaciones en la Cámara de Diputados que fueron confirmadas por el Senado.
El texto ingresó a la Legislatura el 12 de marzo y obtuvo media sanción en Diputados el 9 de abril. Luego, por unanimidad, los senadores completaron el trámite legislativo. La reforma modifica dos artículos del Código Procesal Penal de la provincia.
Inicialmente, la Casa Gris solicitó la modificación de un artículo, pero Diputados agregó otro, criterio que fue aceptado por la Cámara alta. Senadores de la mayoría y del justicialismo participaron en las labores previas, que incluyeron consultas a funcionarios del Gobierno.
En el recinto, el senador Rodrigo Borla (mayoría) y Rubén Pirola (justicialismo) explicaron que la medida busca dotar de “más herramientas” a los fiscales y hacer más ágil el proceso. Borla recordó que antes de los alegatos finales existe la posibilidad de que el acusado admita su culpa y obtenga beneficios. “Lo que hace esta reforma es cambiar plazos solo en casos de delitos de acción pública”, señaló. Ahora, habrá solo tres días tras la notificación.
Por otra parte, se modifica el artículo 401 de la Ley 12.734 – Código Procesal Penal, que ordena que “abierto el recurso, el Tribunal convocará a una audiencia con un intervalo no menor de tres días ni mayor de quince, según la urgencia o complejidad del caso”. Antes, esa audiencia era convocada luego de informar a las partes, lo que demandaba otros diez días, sumando hasta 25 días en total.
“Desde nuestro bloque acompañamos al votar de manera positiva esta norma: entendemos que son herramientas que brindamos al Poder Judicial para que sea más ágil y más eficiente”, afirmó Pirola.
La fiscal general María Cecilia Vranicich, en su último informe a los legisladores, presentó datos estadísticos sobre la implementación de la Ley 14.258, que reformó el artículo 339 del Código Procesal Penal en 2024. Vranicich destacó “la disminución significativa en el porcentaje de acuerdos abreviados rechazados (por los jueces), que en 2024 representó un 3,3% y en 2025 apenas un 2,27%”. Sostuvo que existe “una adecuada adaptación de los órganos fiscales a las pautas orientadoras dispuestas para la individualización de penas y unificación de condenas”.
Durante la discusión de la nueva reforma, Vranicich pidió a los diputados y senadores que los “plazos sean perentorios” para evitar que “los operadores judiciales luego tienden a no cumplirlos, interpretando que son plazos meramente ordenatorios”, y que se argumente que “exigir su cumplimiento implica un ‘excesivo ritual manifiesto’”.
