La Cámara de Apelaciones en lo Penal confirmó este miércoles, por mayoría, las condenas impuestas al exfiscal regional de Rosario Patricio Serjal y al exempleado judicial Nelson Ugolini en el marco de la causa que desmanteló una asociación ilícita que le daba cobertura al juego clandestino y cobraba sobornos al empresario del rubro Leonardo Peiti.
La Cámara de Apelaciones en lo Penal confirmó este miércoles, por mayoría, las condenas impuestas al exfiscal regional de Rosario Patricio Serjal y al exempleado judicial Nelson Ugolini en el marco de la causa que desmanteló una asociación ilícita que le daba cobertura al juego clandestino y cobraba sobornos al empresario del rubro Leonardo Peiti.
El fallo estuvo dividido, ya que para el juez Javier Beltramone no existió la asociación ilícita. Además de la confirmación de las penas, el tribunal dispuso remitir copias de las actuaciones a la Fiscalía General, a la Auditoría General del MPA y a la Fiscalía Regional. El objetivo es que las autoridades administrativas investiguen eventuales irresponsabilidades o irregularidades en el manejo de legajos relacionados, entre ellos el denominado caso «Leo Paga» (extorsiones vinculadas a Los Monos) y la inclusión de personas en acuerdos abreviados sin el debido correlato formal.
El fallo de segunda instancia resolvió el recurso planteado por las defensas particulares —encabezadas por el Dr. Ignacio Carbone en representación de Serjal, y los Dres. Marcos Cella y Martín Bolande por parte de Ugolini— en un expediente de amplio impacto institucional para el Ministerio Público de la Acusación (MPA).
Un fallo dividido: Los argumentos en juego
La resolución evidenció posturas encontradas entre los integrantes del tribunal respecto del alcance de los delitos cometidos:
La postura por la confirmación (Voto de Mayoría)
Los jueces Daniel Manfrín y Carolina Hernández inclinaron la balanza al sostener la validez de la condena por el delito de asociación ilícita (Art. 210 del Código Penal). En su voto conjunto, remarcaron que en los delitos de corrupción y clandestinidad la prueba suele ser indiciaria pero contundente, fundamentando que la llamada «pata judicial» poseía entidad suficiente para sostener la figura asociativa de forma autónoma. Asimismo, ratificaron la constitucionalidad de la Ley de Arrepentido aplicada a otros implicados en el caso.
La postura en minoría
Por su parte, el juez preopinante Javier Beltramone se inclinó por absolver a los imputados por la figura de asociación ilícita bajo el principio in dubio pro reo. Argumentó deficiencias en la acusación y una «fragmentación» de la hipótesis fiscal que dejó fuera del debate a la denominada «pata política» de la red. Sin embargo, el magistrado coincidió plenamente en dar por probados los delitos funcionales concretos (cohecho y peculado de servicios) y propuso una reducción de penas que no prosperó ante la mayoría de sus pares.
Los delitos confirmados
Con la resolución de la Cámara, quedaron firmes las responsabilidades por las maniobras de corrupción desplegadas desde la propia estructura judicial:
- Patricio Serjal: Confirmado por Cohecho Pasivo Agravado (cobro de dádivas mensuales de entre 4.000 y 5.000 dólares para otorgar protección a Peiti) y Peculado de Servicios (uso del vehículo oficial y viáticos del MPA para viajes privados a Buenos Aires).
- Nelson Ugolini: Confirmado por Cohecho Pasivo Simple, tras acreditarse que filtraba información confidencial, búsquedas de CUIJ y alertas de futuros allanamientos a la red a cambio de beneficios inmobiliarios vinculados a Peiti.
