El máximo tribunal provincial se pronunció este lunes sobre dos aspectos de la Ley de Emergencia Previsional: declaró inconstitucional el tope a las jubilaciones y validó el aporte solidario, con votación dividida en ambos casos.
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró inconstitucional el tope a las jubilaciones de la provincia dispuesto en una reciente reforma a la ley 6915. Por otra parte, el tribunal validó los aportes solidarios y otorgó un plazo de 30 días a los amparistas para que adecúen su pretensión ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Esta última decisión está contenida en la Ley N° 14283, que dictó la emergencia previsional.
El máximo tribunal provincial se pronunció este lunes sobre dos aspectos previsionales: declaró inconstitucional el tope jubilatorio y validó el aporte solidario. En ambos pronunciamientos la votación fue dividida, con un resultado de 4 a 3 en cada tema. El voto que inclinó la balanza en ambos casos fue el del juez Roberto Falistocco.
Los pronunciamientos se conocieron a pocos días de la caída de la vigencia de la Ley de Emergencia Previsional, que será el 13 de septiembre. En ambos casos, las partes podrán recurrir al ámbito federal para hacer efectivos sus reclamos.
Los fallos de este lunes corresponden a los casos caratulados como «Lisi», presentado por una docente jubilada que cuestionó la emergencia previsional y el aporte solidario, y «Ramón», un amparista que cuestiona el tope jubilatorio.
