Condena a 16 años por la tragedia en la costanera: el fallo que consolida el dolo eventual en Rosario

La Justicia condenó a Agustín López Gagliasso a 16 años de prisión por la muerte de Tania Gandolfi y su hija Agustina García. Es la pena más alta en la provincia de Santa Fe por un siniestro vial y la segunda en el país. El fallo aplica el criterio de homicidio con dolo eventual, un enfoque jurídico con cinco precedentes en Rosario.

La condena a 16 años de prisión que este martes recibió el conductor Agustín López Gagliasso por la tragedia en la costanera es la más alta en la provincia de Santa Fe y la segunda a nivel país en materia de siniestros viales. La pena fue aplicada a partir de un enfoque jurídico que registra cinco precedentes en Rosario, ciudad pionera en la aplicación de ese encuadre ante incidentes viales graves.

Las juezas Silvana Lamas González, Valeria Pedrana y Paula Álvarez aplicaron el encuadre de homicidio simple con dolo eventual, tal como requerían la fiscalía y el abogado querellante que representó al padre y esposo de las víctimas. Tania Gandolfi, de 40 años, y su hija Agustina García, de 16, paseaban por la costa central cuando fueron embestidas a la altura de Presidente Roca por el Peugeot 206 de López, quien al salir del túnel derrapó a 120,7 kilómetros por hora cuando perseguía a un motociclista.

«Esta fue una creación doctrinaria y jurisprudencial que comenzó a aplicarse hace nueve años en la fiscalía regional de Rosario. No es lo mismo tener una distracción que circular a 120 kilómetros por hora en pleno centro, a una velocidad de autopista, representándose la posibilidad de matar a alguien», dijo la fiscal Valeria Piazza Iglesias tras el veredicto unánime.

Dos enfoques, penas distintas

El Código Penal argentino contempla un apartado específico para los siniestros viales con resultado letal. El artículo 84 bis prevé penas de 3 a 6 años para quien provoque una muerte en una colisión con un exceso de velocidad mayor a 30 kilómetros por hora de la velocidad permitida, entre otros supuestos. Se consideran homicidios culposos, es decir, cometidos por imprudencia o negligencia en la conducción.

Sin embargo, el planteo de Piazza Iglesias y la querella en el juicio por la muerte de las turistas cordobesas fue que se trató de un homicidio abarcado por el artículo 79, que prevé de 8 a 25 años a quien «matare a otro». Castiga una conducta que requiere intención, es decir, la existencia de un dolo ya sea directo, indirecto o eventual. En este caso, se entendió que López actuó con dolo eventual: se representó la posibilidad de causar una muerte al atravesar el túnel a más de 120 kilómetros por hora pero aún así continuó con su acción.

Punto de partida

El caso pionero en la ciudad en contener este tipo de encuadre fue el de Juan Carlos Schmitt, el mecánico que el 31 de marzo de 2016 chocó y mató al cadete Carlos Damián Orgaz, de 20 años, cuando conducía un Audi TT a más de 120 kilómetros por hora y en contramano por Río Negro y Campbell, en barrio Belgrano. En el juicio realizado en 2017 recibió 5 años de prisión pero luego la Cámara Penal elevó esa pena a 9 años al considerar el hecho como un homicidio con dolo eventual. Un criterio luego respaldado por la Corte provincial.

Para Piazza Iglesias, que intervino en aquel juicio, el caso Schmitt fue una bisagra en la interpretación de casos graves: «Antes de ese fallo había que debatir sobre la psiquis del autor para establecer si actuó con dolo eventual. A partir de Schmitt, es una cuestión que se determina por las circunstancias de tiempo, modo y lugar. Una persona que va a 120 kilómetros por hora en plena ciudad, una noche de verano llena de gente, ¿acaso no se va a representar que puede matar a alguien?», consideró.

El precedente de Schmitt fue citado en la sentencia que en 2018 aplicó un tribunal mendocino al condenar al conductor chileno Francisco Javier Sanhuesa por la llamada «Tragedia de Turbus», un siniestro vial masivo que dejó un total de 19 fallecidos y 22 heridos. Ocurrió el 18 de febrero de 2017 cuando el micro que conducía con destino a Chile volcó en la llamada Curva del Hueso en el área mendocina de Horcones, por la ruta nacional 7.

El colectivo iba a más de 90 kilómetros por hora en un sector montañoso con máxima de 40 e ignoró las súplicas de los pasajeros para que redujera la marcha. La condena fue a 20 años de prisión por homicidios cometidos con dolo eventual. Es, según Piazza, la más alta en el país en materia de siniestralidad vial.

Los casos, uno por uno

«En Rosario es un criterio jurisprudencial instalado. A partir de Schmitt se empezaron a ver estos casos de otra forma», dijo la fiscal. A partir de entonces, se registraron otros tres precedentes.

En 2020, Gastón Dlugovitzky fue condenado a 8 años de prisión por el homicidio con dolo eventual de Fabián Cragnolino, un empleado de la comuna de Ybarlucea a quien chocó un año antes cuando corría una picada en San Martín y Garibaldi. Embistió a más de 128 kilómetros por hora con su Ford Focus el utilitario en que iba la víctima.

En septiembre de 2021 fue condenado Matías Ezequiel Erbayo a 11 años de prisión por embestir y matar al policía Marcos Di Fazio. Ocurrió en octubre de 2019 cuando intentó evadir un control vehicular y de alcoholemia en la costanera norte sobre avenida Colombres.

El cuarto caso fue el de Germán Schoeller, condenado en 2023 a 12 años de prisión por causar las muertes de David Pizorno, de 42 años, y su hijo Valentino, de 8, a quienes atropelló cuando corría una picada con su Renault Sandero a 124 kilómetros por hora en avenida del Rosario y Ayacucho. A su competidor, Pablo Mancini, quien iba en un Citroën C4, le rebajaron la pena a 8 años al considerarlo partícipe secundario.

En esa lista, la condena por la tragedia en la costa central dictada este martes —la más alta hasta la fecha—, es la quinta que recepta ese encuadre en la ciudad.

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