Fuente, Bichos de campo
Hace diez días, el 17 de diciembre en horas del mediodía, empleados de la planta de acopio del grupo Los Grobo en Chivilcoy habrían comenzado a aplicar herbicidas en las áreas verdes que están en torno a esta instalación. Una vecina observó el hecho y presentó una denuncia a la justicia, alegando que esa zona formaba parte del ejido urbano. Por cierto, en la fotografía que abre esta nota se observa que los pastos estaban muy crecidos.
Frente a la reacción de la vecina, los tribunales de Mercedes dictaron una medida cautelar ordenándole a a empresa agrícola “suspender -con carácter precautelar- la fumigación con cualquier clase de agrotóxicos (sic)” tanto dentro de su predio como en la vereda.
El curioso episodio sucedió en la planta de acopio que Los Grobo tiene en la intersección de la Avenida Mitre y El Grito Alcorta de la ciudad de Chivilcoy.
Según la denuncia de la vecina que recogió el sitio Naturaleza.Ar, el martes 17 “en un acto de irresponsabilidad, los directivos de la empresa envíaron a los empleados a fumigar con agrotóxicos (de modo manual) sin ningún tipo de protección y en pleno centro urbano de Chivilcoy donde está ubicado uno de los establecimientos de Los Grobo en dicha localidad bonaerense”.
Por supuesto, los ambientalistas se hicieron un manjar con la noticia, ya que recordaron que “la corporación Los Grobo pertenece a la familia del Rey de la Soja, Gustavo Grobocopatel, en la que oficia de Responsable de Relaciones con el Mercado”.
Frente al hecho de la aplicación de agroquímicos en medio de la zona urbana, una vecina llamada Jacqueline Ramos, con el patrocinio jurídico de Naturaleza de Derechos, antepuso una acción de amparo ambiental con el requerimiento de una medida cautelar que ordenara de inmediato a la corporación Los Grobo abstenerse de volver a fumigar en ese predio y en la vía pública. La justicia de Mercedes hizo lugar a la petición.
En Chivilcoy, el uso de agroquímicos de modo terrestre o manual no está regulado por ordenanza municipal y, según admite la propia organización ambientalista, “hay total ausencia normativa”. De todos modos, la presentación se basó en el Decreto Reglamentario 499/91 de la Provincia de Buenos Aires, que ya hace más de treinta años recomendó distancias precautorias de 2 kilómetros alrededor de centros poblados.
“No obstante el vacío normativo local, debe considerarse que aun cuando la aplicación no sea terrestre y a gran escala, representa un riesgo de daño de contaminación ambiental, dado de que todo lo que se fumiga puede terminar filtrándose hacia las aguas subterráneas que son la fuente de agua de consumo de la población, con el agravante que en parte del área urbana y en gran proporción en el área complementaria de la localidad de Chivilcoy, la población consume agua de pozo particular al carecer del servicio de agua de red”, indicó la denuncia.
Frente a la presentación, el juez Luis Oscar Laserna, del Juzgado Contencioso Administrativo de Mercedes, consideró que “la aplicación del principio precautorio, establece que cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la ausencia de información o certeza científica no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente”.
Por eso exigió a Los Grobo que interrumpan las tareas encomendadas a sus empleados hace diez días hasta tanto “el demandado remita toda la documentación relacionada con la aplicación de agrotóxicos efectuadas” ese día.
La empresa deberá presentar al juzgado “el permiso o licencia municipal y/o provincial para el uso y aplicación de agrotóxicos (sic) en areas urbanas; las copias de las recetas agronómicas utilizadas en la aplicación; las actas de trabajo que detallen las actividades de fumigación realizadas, incluyendo fechas, horarios, tipos de productos utilizados y volúmenes aplicados; los protocolos de seguridad y manejo de agrotóxicos que la empresa sigue durante sus operaciones; y hasta informes o estudios de impacto ambiental realizados por la empresa antes y después de la aplicación de agrotóxicos en la zona”.
“El presente decisorio, implica la prohibición de todo tipo de fumigación en el predio como en la vereda del establecimiento de Grupo Los Grobo”, aclaró el magistrado.