Control en transferencias de billeteras virtuales: cuál es el monto mínimo

A partir de este jueves comienzan a regir las nuevas cifras actualizadas por inflación.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó  los montos a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes. La medida no afecta a los consumidores. 

Esta actualización semestral se basa en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.

Desde el 1° de enero deben informarse las siguientes operaciones solo si superan los siguientes importes:

$600.000:

Total de consumos con tarjetas de débito del país.

Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

$1.000.000:

Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.

Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.

Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.

Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.

Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.

$2.000.000:

Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.

La medida no afecta a los consumidores ya que es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.

Fuente: NA

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