Tribunal revocó salidas transitorias a condenado por tentativa de femicidio en Salta

El Tribunal de Impugnación de Salta anuló la resolución que concedía salidas transitorias a un hombre condenado por intentar matar a su pareja, al considerar que no se evaluaron adecuadamente informes interdisciplinarios que desaconsejaban el beneficio.

El Tribunal de Impugnación de Salta revocó las salidas transitorias de Juan Marcelo Matorras, condenado por el delito de tentativa de femicidio. La decisión se tomó tras constatar que los informes interdisciplinarios presentaban indicadores desfavorables para el otorgamiento de dicho beneficio.

Este martes se desarrolló una audiencia en la que el fiscal Ramiro Ramos Ossorio apeló la resolución dictada el 29 de abril de este año por el Juzgado de Ejecución. Dicha resolución concedía salidas transitorias a Matorras.

Desde la Fiscalía expresaron su negativa a la medida otorgada al “entender que no se habían ponderado de manera adecuada los informes interdisciplinarios, especialmente aquellos que desaconsejaban su otorgamiento”.

Durante la audiencia, el Tribunal de Impugnación, integrado por los jueces Eduardo Barrionuevo, Federico Javier Armiñana Dohorman y Guillermo Akemeier, hizo lugar al recurso fiscal y declaró la nulidad de la resolución.

Asimismo, según destaca el escrito del Ministerio Público Fiscal provincial, se ordenó el reenvío de las actuaciones para el dictado de un nuevo pronunciamiento.

Al fundamentar su decisión, el Tribunal consideró que la resolución recurrida había “incurrido en una valoración insuficiente de la prueba incorporada al incidente de ejecución, especialmente de los informes interdisciplinarios y de las evaluaciones psicológicas elaboradas por el Servicio Penitenciario”. Dichos reportes “contenían indicadores desfavorables respecto del proceso de resocialización del condenado y desaconsejaban el otorgamiento del beneficio solicitado”.

En consecuencia, se dispuso remitir las actuaciones a la Oficina Judicial para la inmediata actualización de los informes técnicos pertinentes, facultando además a la defensa a incorporar un informe psicológico de parte. Cumplidas dichas medidas, el Juzgado de Ejecución deberá emitir un nuevo pronunciamiento sobre la procedencia del beneficio de salidas transitorias dentro del plazo de treinta días.

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