El Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego declaró extinguida por prescripción la acción penal contra Ramón Ángel Abregú y ordenó su libertad. Había sido condenado en 2000 por matar a balazos a su expareja embarazada en Río Grande.
El Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego declaró extinguida por prescripción la acción penal contra Ramón Ángel Abregú y dispuso su sobreseimiento y libertad. La decisión fue adoptada por mayoría el 23 de septiembre.
Abregú había sido condenado el 28 de septiembre de 2000 por el Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte a 20 años de prisión por homicidio simple en concurso ideal con aborto preterintencional, en concurso real con tenencia de arma de guerra sin la debida autorización. El 1 de marzo de 2001, el Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación de la defensa y confirmó la condena.
El hecho ocurrió el 23 de enero de 2000 en la ciudad de Río Grande, cuando Abregú ingresó a un consultorio de la clínica Cemep y disparó cuatro veces contra su expareja, Eva Azulina Falcón, que estaba embarazada.
Según consta en el expediente, Abregú se encontraba prófugo desde 2001, cuando escapó de la unidad penitenciaria en la que estaba detenido. Permaneció en esa condición durante 22 años. En octubre de 2023 se presentó ante la Justicia y solicitó que se declarara prescripta la causa.
La mayoría del Superior Tribunal tomó como referencia el precedente «Ilarraz» de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que establece criterios sobre la prescripción de la acción penal y su aplicación en relación con las garantías reconocidas por la Constitución Nacional y los tratados internacionales. Los jueces María del Carmen Battaini, Javier Muchnik y Sergio Diéguez votaron a favor de la prescripción.
El juez Ernesto Löffler votó en disidencia. Sostuvo que admitir la prescripción de la acción penal implicaría perpetuar patrones socioculturales vinculados con la desigualdad y la violencia basada en la condición de mujer. También consideró que la prescripción no resultaba compatible con las obligaciones establecidas por las convenciones internacionales de derechos humanos y de derechos de las mujeres.
El Superior Tribunal de Justicia declaró extinguida por prescripción la acción penal contra Abregú, dispuso su sobreseimiento y ordenó su inmediata libertad.
