La Sindicatura General de la Nación fijó el 31 de octubre como plazo para que universidades presenten planes de auditoría 2027

La Resolución 311/2026, publicada en el Boletín Oficial, establece que las unidades de auditoría interna de las universidades nacionales deberán presentar sus planes de trabajo para 2027 antes del 31 de octubre de 2026 a través del sistema SISAC.

La Sindicatura General de la Nación dispuso que las unidades de auditoría interna de las universidades nacionales presenten sus planes de trabajo para 2027 antes del 31 de octubre de 2026, a través del sistema SISAC.

La Resolución 311/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial, aprobó lineamientos complementarios para formular, ejecutar y seguir esos planes. Las pautas se aplicarán junto con las reglas generales de planificación del organismo para el próximo ejercicio.

Cada unidad deberá ajustar sus proyectos a la dimensión, estructura, dispersión territorial y actividades de la universidad, así como a los recursos y perfiles profesionales disponibles. La selección tendrá que sustentarse en una matriz de riesgos y en antecedentes de control.

Entre las prioridades figuran presupuesto y finanzas, compras y contrataciones, transferencias y convenios, patrimonio e infraestructura, personal y haberes, tecnologías de la información y ciberseguridad.

También se contemplan la administración de fondos de investigación y extensión, la integridad institucional y los controles del circuito de emisión y otorgamiento de títulos. La inclusión de esos temas no obliga, por sí sola, a realizar una auditoría independiente para cada uno.

Todos los planes deberán prever una evaluación del estado de las rendiciones de fondos ante la autoridad nacional competente. El relevamiento identificará importes recibidos, aplicados, rendidos, observados y pendientes, además de vencimientos y respaldos disponibles.

Las unidades emitirán un informe que diferencie los datos verificados de los pendientes de conciliación. La elaboración y presentación de las rendiciones continuará a cargo de las áreas y autoridades universitarias responsables.

El anexo establece que el examen comprende procesos de gestión y administración, con respeto por la autonomía y la autarquía universitarias, sin sustituir decisiones de los órganos de gobierno ni evaluar el mérito académico o científico.

Los informes, observaciones, recomendaciones y acciones correctivas deberán registrarse en el Sistema de Seguimiento de Acciones Correctivas (SISAC), con documentación de respaldo.

Agencia NA

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