Blanqueo de capitales: oficializan en qué se podrá invertir el dinero que se exteriorice

El ministerio de Economía finalmente publicó la Resolución 590/2024 en la que fija en qué se podrá invertir el dinero en efectivo que entre al blanqueo.

Para no pagar impuestos, los fondos exteriorizados deben permanecer en una cuenta especial hasta el 31 de diciembre de 2026. Pueden quedar congelados sin cobrar intereses o puede ser invertido en ciertos activos financieros o de la economía real. Faltaba saber qué estaba permitido y este viernes Economía publicó el listado.

La ley 27.743 (a la que se llama el Paquete Fiscal, y que fue votada junto con la Ley Bases) fija que, en el caso de exteriorizar dinero en efectivo que se encuentre en el país o en el exterior, se deberá depositar en una Cuenta Especial de Regularización de Activos. El efectivo debe regularizarse dentro de la primera etapa, hasta el 30 de septiembre de 2024.

Esos fondos no podrán invertirse libremente, sino que estarán sujetos a ciertas reglas. Se podrá adquirir o suscribir los siguientes activos:

  • Títulos públicos: títulos, bonos, letras y demás obligaciones- emitidos por los Estados Nacional, Provinciales, Municipales y/o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Certificados de participación o títulos de deuda de fideicomisos que tengan por objeto el fomento de la inversión productiva, entendiéndose como tal a aquellos vehículos destinados, en la Argentina, a la inversión y/o el financiamiento directo o indirecto en proyectos productivos, inmobiliarios y/o de infraestructura, como así también al financiamiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, siempre que dichos instrumentos sean colocados por oferta pública con autorización de la Comisión Nacional de Valores.
  • Cuotapartes de fondos comunes de inversión, siempre con autorización de la CNV y oferta pública.
  • Acciones colocadas por oferta pública con autorización de la CNV.
  • Obligaciones negociables, es decir, deuda que emiten las empresas también en oferta pública.
  • Inversiones directas e indirectas en proyectos inmobiliarios que se inicien a partir de la entrada en vigencia del blanqueo. Aquí entran los proyectos que tengan un grado de avance inferior al 50% de la finalización de la obra a ese momento.

El blanqueo arrancó este jueves 18 de julio y se extiende hasta el 31 de marzo de 2025. Ya están los aplicativos de la AFIP para que los contribuyentes puedan comenzar el proceso. El trámite es totalmente online y es gratuito hasta los 100.000 dólares.

NE

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