El aceite de soja no será considerado de alto riesgo ILUC en Europa

El Parlamento Europeo rechazó el Reglamento Delegado que buscaba clasificar el aceite de soja como materia prima de alto riesgo de cambio indirecto del uso de la tierra, decisión que mantiene el marco regulatorio vigente.

El pasado 8 de julio, el Parlamento Europeo rechazó mediante una objeción el Reglamento Delegado adoptado por la Comisión Europea en abril que buscaba modificar la metodología y actualizar los datos utilizados para identificar materias primas de alto riesgo de cambio indirecto del uso de la tierra (ILUC).

El concepto de ILUC se refiere a los efectos ambientales indirectos derivados de la expansión de la frontera agrícola como consecuencia del aumento de la demanda de determinadas materias primas. Según este enfoque, cuando aumenta la demanda de un cultivo, la expansión de la superficie cultivada puede desplazar otras actividades productivas hacia zonas con alto valor ambiental, como bosques o pastizales, generando emisiones adicionales de gases de efecto invernadero. Sobre la base de este concepto, la Unión Europea incorporó un criterio regulatorio que, en el marco de la Directiva de Energías Renovables (RED), permite identificar determinadas materias primas utilizadas para la producción de biocombustibles como de alto riesgo de cambio indirecto del uso de la tierra.

De haber entrado en vigor, el Reglamento Delegado habría actualizado la metodología de evaluación del riesgo ILUC y los datos utilizados para dicha evaluación, lo que habría llevado a que el aceite de soja cumpliera los criterios para ser considerado una materia prima de alto riesgo ILUC, junto con el aceite de palma. Como consecuencia, el biodiésel elaborado a partir de aceite de soja habría quedado alcanzado por el régimen previsto por la Directiva de Energías Renovables, que establece la reducción progresiva hasta 2030 de la contribución de los biocombustibles producidos con materias primas de alto riesgo ILUC.

En la práctica, esto no hubiera implicado prohibir la producción, importación o uso del biodiésel de soja. Sin embargo, al reducirse progresivamente su contribución al cumplimiento de las metas obligatorias de energías renovables de los Estados miembros, el producto habría perdido parte de su atractivo regulatorio y comercial dentro del mercado europeo.

Así, el rechazo del Parlamento Europeo impidió la entrada en vigor del último Reglamento Delegado, por lo que continúa vigente el marco regulatorio según el cual el aceite de soja no es considerado como materia prima de alto riesgo ILUC. Para Argentina, uno de los principales productores y exportadores mundiales de aceite de soja y biodiésel, la decisión representa un alivio. Desde el gobierno de Santa Fe particularmente, se estimaba que, de clasificarse el aceite de soja como tal, se comprometía un mercado de exportaciones de biodiesel estimado en 390 millones de dólares anuales.

No obstante, el debate continúa abierto, ya que la Comisión Europea conserva la facultad de presentar un nuevo acto delegado. A su vez, el criterio de riesgo ILUC continúa formando parte del marco regulatorio europeo para la evaluación de materias primas destinadas a la producción de biocombustibles, aunque la clasificación vigente alcanza únicamente al aceite de palma.

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